Historia

Antecedentes históricos

Generalmente se admite que la denominación actual de práctico es una abreviatura de "piloto práctico" posiblemente porque en sus inicios únicamente se requería a estos profesionales el conocimiento del lugar en que ejercían su actividad. En casi todos los idiomas de nuestro entorno su nombre tradicional se derivó de las palabras holandesas "peilen" (medir) y "loot" (escandallo), relacionadas con la práctica de otros tiempos de navegar con una sonda manual para conocer el calado y la morfología de los fondos marítimos. Sin embargo de forma creciente se ha ido imponiendo el nombre de "piloto" expresado en cada idioma.

Algunos historiadores encuentran en los viajes marítimos de los romanos la presencia de algunos tripulantes que desempeñaban funciones que pudieran constituir un antecedente de los prácticos. Pero es en la Baja Edad Media cuando aparece la figura del "leman" encargado de la fijación de la ruta náutica. En 1282 el "Libre del Consolat de mar" de Barcelona en su capítulo 249 establece: "Cuando un patrón que ajusta fletes o es fletado para ir a cierta parte y por no tener seguridad ni él, ni ninguno de los que van en la nave, en aquel destino, tiene que alquilar piloto que lo sepa, y este afirma y dice al patrón que sabe con certeza el paraje a donde él quiere ir".

A partir del siglo XIV las referencias específicas a los "lentsman", "locmads", "lemanes" o pilotos costeros son numerosas. El Consulado de Bilbao (1511-1830) en la Ordenanza de Lemanajes de 1561, reglamentó la actividad estableciendo "que es función del piloto "leman" entrar y sacar las naves y navíos", imponiendo la obligatoriedad de superar exámenes para ejercer esta profesión, fijando sus retribuciones e imponiendo sanciones incluso corporales en los casos "de los delitos más graves". También "Las ordenanzas de la gente de mar en Sanlucar" de 1590, regulan las actividades de los entonces llamados pilotajes.

Pero lo más destacable son las Ordenanzas Generales del Consulado de Bilbao de 1737 que bajo la influencia de las Ordenanzas de la Marina francesa de 1681 establecen en su capítulo 24 el practicaje obligatorio y en el "veintiséis" (treinta y ocho apartados) trata "De los pilotos lemanes, o de costa, y lo que deberán hacer, y llevar por razón de sus Limanges o Atuages"definiéndolos "como aquel que con título de Prior y Cónsules se dedica a entrar en el Puerto los Navíos, que se presentan, hasta ponerlos en el Surgidero acostumbrado, y después, cuando han de salir al Mar, sacarlos hasta fura de Barra, mediante los salarios, y emolumentos que se establecen".

Asimismo establece "que para ser admitido al examen, deberá tener cualquiera que pretenda el tal Titulo de Piloto Leman, á lo menos veinticuatro años de edad, y haber navegado cuatro años fuera de esa Costa en alta Mar; y será preguntado en el examen (entre otras cosas) de las maniobras, y Aparejos de los Navíos, y especialmente, de los cursos, y mareas, bancos, escollos, corrientes, puntas, y cabos en esta Costa, y de los demás embarazos que puedan impedir la entrada, y salida de las Rías, Puertos, y Surgideros de ella".

Estas Ordenanzas establecían de manera pormenorizada las obligaciones y derechos de los pilotos lemanes. Su responsabilidad por los perjuicios que pudieran derivarse de su actuación. Se recoge en el apartado XI que "todo Piloto Leman que por ignorancia, malicia, embriaguez, ú otro motivo, hiciere varar, ó perder algún Navío; además de estar obligado á pagar con sus bienes los daños que causare, será privado de oficio, y castigado por todo rigor".

Las lanchas de los pilotos lemanes "tripuladas con siete remos, a saber, seis hombres y un muchacho" montaban guardia en el mar a la distancia fijada por el Consulado en espera de atisbar alguna embarcación momento en el que partían en su busca originándose regatas pues el que primero llegaba era el que conseguía el trabajo de guiarlos al puerto y los consiguientes ingresos.

En las "Ordenanzas de la gente de mar de Sanlucar " de 1590 a la que anteriormente nos hemos referido, en el artículo primero del capítulo de "Pilotajes" se establece: "Que cualquiera Nao que fure tocada en la Mar por cualquier Piloto de esta ciudad, con su barco, que otro piloto no la pueda meter en el Puerto de esta ciudad, ni sacarla de él, so pena de que por el mismo hecho haya perdido el Pilotaje que en ello ganare, y sea para el Piloto que primero la tocó, y demás pague quinientos maravedíes, y esté diez días preso en la cárcel; todo lo cual proceda y haya lugar cuando el Piloto que la tocó estuviere en esa ciudad, y acudiere a meter la dicha Nao por la Barra, al tiempo que la dicha Nao demandare Piloto".

Lo mismo ocurría en otros puertos lo que explica que rememorando aquellas carreras, anualmente se celebra en Amberes la llamada "regada de los prácticos".

Las Ordenanzas de la Ilustre Universidad, Casa de Contratación y Consulado de San Sebastián de 1766 también regulan en detalle el nombramiento y la actuación de los pilotos-lemanes y prácticos de costa.

Pero desde principios del siglo XIX empieza a limitarse, hasta la supresión, la autonomía del consulado con la creación de la figura del "Capitán de Puerto" y finalmente la aplicación del Código de Comercio.

La plantilla de prácticos en el Puerto de Pasajes, durante estos años, ha sido de 5 titulados. Durante la guerra civil el encarcelamiento a varios prácticos, exigió que sus puestos fuesen ocupados por otros con carácter provisional.

A continuación se ofrece una tabla donde se recogen los datos de que se disponen sobre los prácticos que ejercieron en el Puerto de Pasajes.

PRÁCTICOS QUE EJERCIERON EN EL PUERTO DE PASAJES
Nombre Año de Nacimiento Año de Nombramiento Años en el Cargo
Francisco Picabea
Pedro Calafel
Gabriel Pildain
Ramón Azqueta
José Acebal
Gervasio Larrazabal
Manuel Pérez
Pedro Aranzabal
Andrés Artamendi
Franciso Echave
Ramón Garayalde
Juan J. Beloqui
Juan Loyola
Ricardo Hernández
Ignacio Garmendia
Jesús Polo
Jaime Covas
Angel Badiola
José Luis Clavo
José Cuenca
Eduardo Basterrechea
Rafael Sopeña
Enrique Pascual
Pedro Aguirre






1880
1885
1883
1893
1903
1906
1905
1907
1923
1920
1927
1931
1930
1932
1943
1942
1947
-






1909
1917
1917
1921
1955
1941
1940
1940
1955
1958
1963
1970
1972
1973
1984
1983
1994
-






1909/
1917/
1917/
1921/
1955/
1941/1973
1940/1944
1940/1971
1955/1982
1958/1969
1963/1993
1970/1999
1972/1993
1973/1984
1984/2001
1983/2003
1994/2005
-

Actualmente la plantilla de Prácticos del Puerto de Pasajes la componen seis prácticos.

Autor del texto: Carmelo Urdangarín